Declaración INTRASTAT

27/03/2025

La declaración Intrastat es el sistema de recopilación de información sobre el comercio de bienes entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE).

Su finalidad es proporcionar datos estadísticos sobre los intercambios intracomunitarios y ayudar a la Comisión Europea y a los Estados miembros en la formulación de políticas comerciales y económicas.

Las características principales de esta declaración informativa son las siguientes:

  • Se aplica a operaciones de expedición y entrega (entregas intracomunitarias) e introducción o adquisición (adquisiciones intracomunitarias), de bienes entre países de la UE. No obstante, esta declaración informativa no se óbice para que las operaciones intracomunitarias trimestrales sean también declaradas e informadas en el modelo 349.
  • No afecta a los servicios, que se declaran a través del Modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
  • La declaración debe presentarse de forma electrónica a través de la Agencia Tributaria.
  • Está sujeta a umbrales mínimos de facturación anual, que pueden variar en cada Estado miembro.
  • Permite el cruce de datos entre las Agencias Tributarias de los distintos Estados miembros de la UE, lo que facilita la detección de discrepancias y posibles fraudes en las declaraciones de IVA y otros tributos.

En España, la obligación de presentar la declaración Intrastat depende de si se superan ciertos umbrales de exención en las operaciones intracomunitarias de mercancías. Estos umbrales se aplican por separado para los flujos de introducción (adquisiciones) y expedición (entregas).

A partir del 1 de enero de 2015, los umbrales establecidos son los siguientes:

  • Introducción o adquisición intracomunitaria: 400.000 euros.
  • Expedición o entrega intracomunitaria: 400.000 euros.

Esto significa que los operadores que, durante el año natural anterior, hayan realizado introducciones o expediciones intracomunitarias de mercancías por un importe facturado total igual o superior a 400.000 euros, están obligados a presentar la declaración mensual de Intrastat en el flujo correspondiente.

Es importante tener en cuenta que estos umbrales pueden ser revisados y actualizados por el Ministerio de Economía y Hacienda. Por lo tanto, se recomienda verificar anualmente los umbrales vigentes para asegurar el cumplimiento de las obligaciones estadísticas.

Además, si un operador supera el umbral en el transcurso del año en curso, la obligación de presentar la declaración Intrastat surge a partir del mes en que se supera dicho umbral y se extiende durante el resto del año y el siguiente.

Por ejemplo, si una empresa supera el umbral de 400.000 euros en introducciones en mayo, deberá presentar la declaración Intrastat desde mayo hasta diciembre de ese año y durante todo el año siguiente.

Es fundamental que las empresas que realizan operaciones intracomunitarias monitoreen sus volúmenes de comercio intracomunitario, con el fin de determinar si están obligadas a presentar la declaración Intrastat y cumplir con las obligaciones estadísticas correspondientes.

En relación a los sujetos obligados a presentar esta declaración, están obligados a presentar la declaración Intrastat aquellos operadores económicos que:

  • Hayan realizado operaciones intracomunitarias cuyo valor supere los umbrales establecidos para cada año, es decir, 400.000 euros para adquisiciones intracomunitarias, y 400.000 euros para entregas intracomunitarias.
  • Sean personas físicas o jurídicas que actúen en el ejercicio de una actividad económica.

Los umbrales de referencia son revisados anualmente por la Agencia Tributaria y pueden diferir para expediciones e introducciones, al mismo tiempo que pueden diferir también de un año para otro.

La declaración se presenta a través del sistema Intrastat de la Agencia Tributaria mediante el software proporcionado o a través de la plataforma web. Los principales campos a cumplimentar incluyen:

  • Datos del declarante: NIF y razón social.
  • País de origen y destino.
  • Código TARIC de la mercancía.
  • Peso neto y cantidad.
  • Valor estadístico de la operación.
  • Condiciones de entrega y medio de transporte.

La declaración debe presentarse mensualmente, antes del día 12 del mes siguiente al que se refieran las operaciones. En caso de no haber alcanzado los umbrales de obligatoriedad, no es necesario presentar la declaración.

La información debe ser precisa y completa para evitar discrepancias con otras declaraciones fiscales. Se debe mantener un registro de todas las operaciones para futuras verificaciones por parte de la Agencia Tributaria.

Como hemos comentado anteriormente, la información suministrada en Intrastat se cruza con los datos fiscales y estadísticos de otros Estados miembros, permitiendo a las administraciones tributarias detectar inconsistencias en las declaraciones de IVA, control de mercancías y otros aspectos relacionados con la fiscalidad intracomunitaria.

El incumplimiento en la presentación de la declaración Intrastat puede derivar en sanciones administrativas, que incluyen:

  • Multas económicas proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
  • Requerimientos adicionales por parte de la Agencia Tributaria para la regularización de la situación.

La declaración Intrastat es una obligación para las empresas que superan determinados umbrales en el comercio intracomunitario de bienes. Su correcta presentación evita sanciones y permite mantener actualizada la información estadística de la UE.

Es recomendable revisar periódicamente los umbrales y requisitos establecidos para asegurar el cumplimiento normativo.